Público
Público

Las dos vías que tiene la Audiencia Nacional para complicarle la amnistía a Puigdemont

El auto de imputación por terrorismo del juez García Castellón en la causa de Tsunamic Democràtic deja la puerta abierta a que la Sala de lo Penal presente una cuestión prejudicial ante el TJUE, lo que dejaría en suspenso la aplicación inmediata de la amn

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont a su salida del Parlamento Europeo, en Bruselas (Bélgica), el pasado 3 de noviembre. Europa Press

Ana María Pascual

El juez Manuel García Castellón, titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, justifica en su auto de procesamiento de Carles Puigdemont en la causa por los altercados producidos por Tsunami Democràtic que los mismos constituyen un delito de terrorismo. Invoca para ellos varias directivas europeas para concluir que el asunto es “materia de Derecho de la Unión Europea”.

De su argumentario se desprende la posibilidad de presentar ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial sobre si los delitos de terrorismo podrían amnistiarse. Así opinan fuentes jurídicas consultadas por este diario, que advierten que dicha cuestión deberá ser abordada por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al tratarse de posibles delitos de terrorismo.

Sin embargo, García Castellón deja la puerta abierta, deja todo preparado en su auto, para que una vez aprobada la hipotética ley de amnistía, la Sala de lo Penal pueda hacer la consulta a la Justicia europea.

Este camino es largo y mientras el TJUE se pronuncia, el procedimiento en la Audiencia Nacional quedaría en suspenso, según las mismas fuentes. Es decir, que tanto Carles Puigdemont, como Marta Rovira, exsecretaria general de ERC, y otras diez personas relacionadas con el procés seguirían imputados o investigados en la causa de Tsunamic Democràtic incluso si ya se hubiera promulgado la ley de amnistía.

Exactamente igual ocurre con los 12 activistas de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados en la denominada Operación Judes a los que la semana pasada la Sala de lo Penal envió a juicio por terrorismo. Este sumario fue instruido también por el juez García Castellón.

La línea roja del terrorismo

Tanto la causa contra los CDR como la de Tsunami Democràtic se iniciaron en 2019, pero es en estos momentos, cuatro años después, y coincidiendo con la recta final de la negociación entre el PSOE y Junts para alcanzar un pacto que permitiría la investidura de Pedro Sánchez, cuando García Castellón les da un empujón decisivo, saca la artillería judicial para calificar de terrorismo las acciones de ambas organizaciones.

En el caso de los CDR, con la ratificación por parte de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional del auto de conclusión de sumario de García Castellón, la Fiscalía parece estar de acuerdo en que se trató de actos terroristas. Pero en la causa del Tsunami no comparte la visión del juez instructor y ha anunciado recurso para que los hechos sean calificados de desórdenes públicos agravados, con lo que correspondería la investigación a un juzgado catalán.

De las negociaciones que mantienen Junts y el PSOE en Bruselas trascendió hace unos días que la ley de amnistía que pide Puigdemont debe incluir estos dos sumarios. Pero, al parecer, habría una línea roja para los socialistas: la amnistía no podría amparar el terrorismo con víctimas mortales o gravemente heridas.

Y es aquí cuando el juez Manuel García Castellón ordena investigar, en su auto de este lunes, el fallecimiento de una persona por un infarto en la Terminal 2 del Aeropuerto del Prat cuando se produjeron los altercados instigados por el movimiento Tsunami Democràtic en protesta por la sentencia del Supremo contra los líderes del procés. También ordena localizar a un policía herido para que pueda personarse en la causa.

Se trata de un agente de la Policía Nacional que resultó herido de una pedrada que tuvo que ser ingresado en Urgencias al quedar en un estado inconsciente, según recuerda el juez. Los hechos ocurrieron durante el llamamiento a la huelga general, el 18 de octubre de 2018, en Barcelona.

Cuestión de inconstitucionalidad

La otra vía judicial que complicaría que la amnistía alcance a Puigdemont y al testo de investigados es el Tribunal Constitucional. La Sala de lo Penal puede presentar una cuestión de inconstitucionalidad, una vez aprobada la ley, para consultar al tribunal de garantías si los delitos de terrorismo pueden ser amnistiados.

El magistrado García Castellón cree que la movilización en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat y en el de Madrid para colapsarlos son actos terroristas, ya que los aeropuertos son infraestructuras críticas protegidas en la Unión Europea.

La acción de Tsunamic el mismo día que se conoció la sentencia del procés, el 14 de octubre de 2019, fue convocar al máximo número de personas en el Aeropuerto del Prat para bloquearlo. Se cancelaron 150 vuelos y hubo cargas policiales contra los manifestantes. Dice el juez García Castellón que “no se puede minimizar el impacto que tuvo para la vida e integridad de las personas, debiendo subrayar que en el marco de esta acción se produjo el fallecimiento de una persona, tal y como recogieron los medios de comunicación en aquel momento”.

Los Servicios de Emergencias Médicas de Catalunya informaron en su momento que el hombre no se encontraba en la Terminal 1, donde se produjeron los altercados, sino en la 2, desde donde un helicóptero medicalizado le trasladó a un hospital. Falleció finalmente en el centro hospitalario.

Días después, los activistas del Tsunami cortaron la AP-7 en La Jonquera, una acción por la que hubo 200 investigados, pero la causa se archivó finalmente.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias