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Estrasburgo multa a España por no conceder pensiones a las viudas de parejas de hecho

El TEDH ha señalado que las cuatro mujeres afectadas cumplían los requisitos establecidos por el derecho civil catalán para que se les concediese la pensión antes de que el 10 de abril de 2014 se cambiase la regla por el Tribunal Constitucional.

tribunal europeo
El frontal del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo. Vincent Kessler / Reuters

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por haber negado a cuatro mujeres catalanas la pensión de viudedad después de que sus respectivas parejas de hecho fallecieran. Todas ellas se vieron afectadas por una sentencia constitucional que modificó la cobertura que les daba el derecho civil catalán.

Estrasburgo ha señalado, sin embargo, que las afectadas cumplían los requisitos establecidos por el derecho civil catalán para que se les concediese la pensión antes de que el 10 de abril de 2014 se cambiase la regla por el Tribunal Constitucional, momento en el que las cuatro quedaron desprotegidas.

Sus parejas de hecho murieron dos años después de la aplicación de la reforma. En esta, se exige que las parejas de hecho en todas las comunidades autónomas estén registradas oficialmente como tal, al menos con ese plazo de tiempo para poder aspirar a una pensión de viudedad. 

La diferenciación en el trato entre parejas de hecho y matrimonios ha traído consigo una larga batalla judicial en España. En esta línea, las mujeres viudas de este tipo de parejas denunciaron a comienzos del verano el "abandono" del Gobierno de coalición durante esta legislatura y le exigieron al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, que tramitara la modificación pendiente desde hace más de un año para cobrar su pensión de viudedad.

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