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Igualdad aconseja la suspensión temporal del régimen de visitas para menores víctimas

El Ministerio señala que la situación de "riesgo" durante el confinamiento justificaría una "suspensión temporal" del régimen de visitas en determinados casos, como el de las mujeres cuyas exparejas tienen orden judicial de alejamiento.

Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género. EFE
Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la Violencia de Género. EFE

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El Ministerio de Igualdad ha señalado que la situación de "riesgo" para los menores víctimas de la violencia de género durante el confinamiento justificaría una "suspensión temporal" del régimen de visitas en determinados casos, como el de las mujeres cuyas exparejas tienen orden judicial de alejamiento.

La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y la Dirección General de Derechos de la Infancia y la Adolescencia han advertido en un comunicado que durante la pandemia la situación de los menores víctimas de violencia machista se está viendo afectada, porque el confinamiento "multiplica" las situaciones de riesgo.

Igualdad se refiere en especial al funcionamiento del régimen de visitas que regía hasta la promulgación del estado de alarma, porque "puede colocar a las mujeres en una situación de 'revictimización' al tener que negociar con los entornos de sus exparejas.

Por ello, señala que la "carga" que supone el cumplimiento de estas medidas "justificaría" una suspensión temporal del régimen de visitas en el caso de mujeres con orden de alejamiento de sus exparejas.

Las mujeres sin medidas de alejamiento o prohibición de comunicación, pero con denuncia, tienen la posibilidad de solicitar la suspensión cautelar del régimen de visitas hasta que finalice el estado de alarma, según recoge el comunicado del ministerio.

Por último, en el caso de menores que deben ser entregados y recogidos en Puntos de Encuentro Familiar (que han modificado su funcionamiento durante la pandemia) Igualdad considera que debería aplicarse el mismo criterio que para las mujeres con medidas de protección, por lo que recomienda "suspender" las visitas hasta que el servicio se preste con las "garantías" previas al confinamiento.

El ministerio recuerda en su nota que las leyes y acuerdos internacionales (entre ellos, el Convenio de Estambul, la Ley de protección a la infancia o el Pacto de Estado contra la violencia de género) reconocen como víctimas a los hijos de mujeres que sufren violencia de género, garantizan sus derechos y aseguran su acceso a las medidas de protección.

Por ello, recuerda el "deber" de las administraciones públicas de garantizar la protección integral de estos menores, lo que incluye servicios de atención psicológica, pedagógica y educativa, así como protección "eficaz" en el contexto de los regímenes de visitas.

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