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Declaración de la renta: cómo desgravar el alquiler

Para poder beneficiarte de esta deducción debes cumplir una serie de requisitos y tus ingresos anuales no pueden superar los 24.107,20 euros.

Un cartel de 'Se alquila' en una inmobiliaria de Madrid, a 14 de abril de 2023.
Un cartel de 'Se alquila' en una inmobiliaria de Madrid, a 14 de abril de 2023..  Carlos Luján / Europa Press

La campaña de la declaración de la renta ya está aquí. Desde el pasado 11 de abril, los contribuyentes pueden presentar su declaración a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En unas semanas, podrán pedir cita aquellos que quieran confeccionarla vía telefónica o desde una de las oficinas de Hacienda. Una de las preguntas más recurrentes es la de cómo desgravarse el alquiler. Por eso, en este artículo te resolvemos todas las dudas para hacerlo.

Lo cierto es que desde el año 2015 se suprime la deducción por alquiler de la vivienda habitual. Aún así, existe una disposición transitoria que permite seguir aplicando esta deducción siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

Según la propia Agencia Tributaria, solo se puede desgravar el alquiler si hay constancia de un contrato de arrendamiento con fecha previa al 1 de enero de 2015. Además, es necesario haber satisfecho con anterioridad a la misma fecha cantidades por el alquiler de la vivienda habitual.

El segundo requisito dice que solo "si has tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015" te puedes acoger a esta ventaja fiscal. Es decir, además de la fecha del contrato, es necesario haber tenido derecho a la deducción por el alquiler hace por lo menos más de ocho años.

Los contribuyentes que cumplan con estas dos particularidades podrán seguir desgravándose el alquiler en la declaración de la renta de este año. Concretamente, se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual. Eso sí, el nivel de ingresos anuales no puede superar en ningún caso los 24.107,20 euros anuales. Además, hay un tramo autonómico que puede variar en función de la comunidad en la que figure la residencia en cuestión.

¿Quién es el arrendador y el arrendatario?

La parte arrendadora es, en definitiva, la propietaria del inmueble. Se encarga de entregar las llaves y mantener los gastos de comunidad, el IBI o las derramas de la misma a no ser que se pacte lo contrario al firmar el contrato. El arrendatario es la persona que adquiere el derecho a habitar la vivienda, es decir, el inquilino

Los propietarios de una vivienda alquilada deberán declarar de manera obligatoria las rentas obtenidas por el alquiler, al ser considerados estos ingresos como rendimientos de capital inmobiliario. Con todo, se pueden deducir ciertos gastos, como los costes hipotecarios o los seguros del hogar siempre que cumplan con las pautas establecidas.

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