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Elecciones generales: fecha para pedir el voto por correo para el 23J

Pedro Sánchez anuncia que las elecciones generales se adelantan al 23 de julio. Te explicamos cómo solicitar el voto por correo en caso de que no pudieras acudir a tu colegio electoral.

29/05/2023- En las próximas elecciones generales, convocadas para el 23 de julio, también se podrá votar por correo.
En las próximas elecciones generales, convocadas para el 23 de julio, también se podrá votar por correo. Raquel Manzanares / EFE

Las elecciones generales se celebrarán el 23 de julio de 2023, según ha anunciado el presidente Pedro Sánchez. El adelanto de los comicios, que se produce después de un 28M en el que el Partido Popular se impone como primera fuerza política, coincide con un periodo en el que una gran parte de la ciudadanía estará de vacaciones. El voto por correo se presenta como la solución más factible para que todos aquellos que no puedan o quieran acudir a las urnas en la fecha señalada puedan ejercer su derecho al sufragio.

El procedimiento para votar por correo es similar al de las pasadas elecciones autonómicas y municipales. La convocatoria de las elecciones generales se publica en el BOE de este martes 30 de junio, a partir de la cual se conocerán más detalles acerca del proceso.

Todas las fechas para pedir el voto por correo

La noticia ha pillado por sorpresa a los ciudadanos que se lanzaron a mirar el calendario para ver si la convocatoria electoral les pilla en casa o de vacaciones. En caso de no poder acudir en persona al colegio electoral se puede pedir el voto por correo desde este martes 30 de mayo y hasta el próximo 13 de julio en cualquier oficina de Correos.

Instrucciones para votar por correo

La solicitud del voto por correo se puede realizar tanto de manera presencial en las oficinas de Correos como de manera online a partir de este miércoles 31 de mayo.

En el primer caso, deberás acudir a la oficina correspondiente con la tarjeta de identificación (DNI, pasaporte o carné de conducir originales). En cambio, si decides realizar la petición virtualmente, se requerirá el DNI electrónico o un certificado digital válido. En ambas circunstancias se deberá indicar a qué dirección necesitas que lleguen las papeletas.

La documentación solo se podrá recoger por la persona que la ha solicitado, por lo que, en caso de no encontrarse en el domicilio en el momento de la entrega, se depositará una notificación en el buzón para que vaya a recogerla en la oficina de Correos más cercana.

La solicitud para votar por correo es irreversible, lo que significa que si se pide, no se podrá acudir a las urnas

Una vez recibidos los documentos, se elige la papeleta del partido al que desea votar (ninguna en caso de querer votar en blanco) y se introduce en el sobre correspondiente, que se indicará por ser del mismo color que la papeleta.

A continuación, se introduce el o los sobres que contienen las papeletas en el otro sobre, que se distingue por tener impresa en una de las caras la dirección de la mesa electoral. Dentro de dicho sobre también se deberá introducir el certificado de inscripción. Abstente de incluir algún tipo de identificación personal, ya que sería motivo para considerar el voto como nulo.

Completados los pasos anteriores, acude a una oficina de Correos para enviar el voto junto con tu DNI, pasaporte, carné de conducir o tu tarjeta de identificación original y envía el sobre por correo certificado y de manera gratuita.

La solicitud para votar por correo es irreversible, lo que significa que si se pide, no se podrá acudir a las urnas el próximo 23 de julio. Este 28M más de 984.000 ciudadanos y ciudadanas han votado por correo, lo que se traduce en un 6,4% más que en las anteriores elecciones autonómicas y municipales celebradas en 2019. 

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