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Aragón implanta el pasaporte covid para el ocio nocturno y eventos sin el aval del TSJA

Este certificado será obligatorio a partir de este jueves para todos los mayores de 12 años que quieran acceder a discotecas o pubs, celebraciones en hostelería o eventos de más de 500 personas. 

El presidente de Aragón, Javier Lambán, durante una rueda de prensa.
El presidente de Aragón, Javier Lambán, durante una rueda de prensa. Javier Cebollada / EFE

El pasaporte covid será obligatorio a partir de este jueves en Aragón para los mayores de 12 años para entrar en locales de ocio nocturno, celebraciones en establecimientos de hostelería y restauración y eventos multitudinarios (más de 500 personas en interior y más de mil en exterior). El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón publica este jueves la orden, que estará vigente a partir de esta media noche.

El Gobierno autonómico ha anunciado la medida en rueda de prensa, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón rehusase pronunciarse al respecto. El Ejecutivo regional le había pedido autorización judicial ya que varios tribunales han ratificado o rechazado, como ocurrió en Euskadi, la implantación del pasaporte covid. Será el primer caso en el que se apruebe esta medida sin el aval del Tribunal Superior de Justicia (TSJA), como sí se hizo en otras comunidades autónomas.

El TSJA animó al Gobierno aragonés a tomar las medidas que considerase pertinentes

El TSJA aprobó por decreto en septiembre de 2020 la modificación de la ley estatal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) en la que confería a los tribunales la opción de avalar las medidas sanitarias adoptadas por los gobiernos autonómicos como en este caso, la exigencia del pasaporte covid. El pasado lunes, el TSJA animó al Gobierno aragonés a tomar las medidas que considerase pertinentes de acuerdo a la normativa sanitaria.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la consejera de Presidencia Mayte Pérez ha detallado el contenido de la orden que exigirá el certificado covid para el acceso al ocio nocturno, celebraciones sociales o establecimientos que reúnan a más de 500 personas en el interior o 1.000 en el exterior, según informa EFE.

Afecta, más en concreto, a los mayores 12 años que quieran acceder a locales de ocio nocturno, acudan a bodas, bautizos, confirmaciones o celebraciones familiares, religiosas, civiles o sociales; o asistan a cualquier evento donde se reúnan más de 500 personas en un lugar cerrado o mil en espacios abiertos.

En la orden se tipifica que se deberá presentar el certificado que acredite la pauta completa de vacunación con al menos catorce días de validez, o de haberse recuperado de la infección como mínimo 180 días del evento. En su defecto, deberá presentarse un test de antígenos realizado en las últimas 48 horas o un PCR en las últimas 72.

La orden rechaza que vulnere el derecho a la igualdad ya que la vacunación no es la única opción posible

La orden indica que es una medida "adecuada y acorde con las exigencias derivadas de protección de la salud" debido a que no existe la obligatoriedad en actividades esenciales y rechaza que vulnere el derecho a la igualdad ya que la vacunación no es la única opción posible para acceder a los lugares donde se exigirá el pasaporte covid.

Los organizadores de los eventos que superen el aforo establecido por la orden deberán elaborar un plan de actuación ante posibles contagios o brotes, que tendrá que ser aprobado por las autoridades sanitarias.

La medida será efectiva hasta que el Gobierno de España declare oficialmente la finalización de la pandemia.

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