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Castillla y León El Supremo suspende el adelanto del toque de queda en Castilla y León a las 20.00 horas

La resolución deja sin efecto la medida acordada hace un mes por la Junta, no contemplada en el estado de alarma.

Aspecto que presentan las calles de Valladolid durante el segundo día del toque de queda a las 20.00 horas impuesto por la Junta de Castilla y León.
Aspecto que presentan las calles de Valladolid durante el segundo día del toque de queda a las 20.00 horas impuesto por la Junta de Castilla y León. NACHO GALLEGO / EFE

El Tribunal Supremo ha suspendido el adelantamiento del toque de queda a las 20.00 horas en Castilla y León impuesto por el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, y que había sido objeto de recurso por parte del Gobierno de Pedro Sánchez, según confirmaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, que no entra en el fondo del asunto y se pronuncia únicamente sobre las medidas cautelares solicitadas por la Abogacía del Estado, deja por tanto sin efecto la medida que fue acordada el pasado día 15 de enero por el máximo responsable del Ejecutivo autonómico, que entró en vigor al día siguiente y que se ha venido aplicando en la Comunidad a lo largo de un mes.

El Gobierno recurrió porque consideraba que la regulación contenida en el acuerdo vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23.00 horas y las 6.00 horas, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial "que la hora de comienzo de la limitación prevista sea entre las 22.00 horas y las 00.00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5.00 y las 7.00 horas".

Para el Ejecutivo, se trataba, en consecuencia, de "una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del estado de alarma definido en el Real Decreto 926/2000".

Sin embargo, hace dos semanas el propio Fernández Mañueco comparecía públicamente para exponer las alegaciones presentadas frente al referido recurso, mostrar su convencimiento de que el Alto Tribunal respaldaría la medida adoptada y defender la misma al considerarla idónea desde el punto de vista sanitario-epidemiológico, social y jurídico, y todo ello con el único objetivo de "proteger la vida y la salud de los ciudadanos y causar el menor daño posible a la economía regional".

Apuntó, no obstante, que en el supuesto de recibir un revés judicial, la Junta aplicaría de inmediato el fallo pero que, en cualquier caso, no dudaría en volver a adoptar esa decisión porque "salvar vidas siempre merece la pena, proteger el sistema público hospitalario siempre merece la pena, estar al lado de los que se ponen en primera línea siempre merece la pena".

Cierre de la actividad no esencial a las 20.00 horas

El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha asumido este martes la suspensión del adelanto del toque de queda que ha determinado el Tribunal Supremo, por lo que vuelve a estar fijado en las 10 de la noche, pero a la vez ha anunciado el cierre de la actividad empresarial a las ocho de la tarde.

Mañueco ha pronunciado estas palabras en una rueda de prensa telemática convocada justo después de conocer la resolución cautelar del Tribunal Supremo, que ha asumido con la firma de sendos acuerdos, uno de ellos para dejar sin efecto el adelanto del toque de queda y otro para aprobar una serie de medidas que pretenden compensar la anterior decisión, con nuevas restricciones que favorezcan el aislamiento y reducir los contagios.

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