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Sin hogar Aporofobia, una discriminación sin marco legal en el Código Penal

El fiscal coordinador de Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona exige un reconocimiento legal a este tipo de discriminación para poder visualizarla y que las agresiones a las personas sin hogar tengan mayor reprobabilidad. 

Una persona sin hogar se dispone a dormir en el centro de Barcelona, donde al igual que en el resto de España, se ha vivido este lunes el primer día laboral de aplicación del decreto de alarma. /EFE
Una persona sin hogar se dispone a dormir en el centro de Barcelona–EFE.

Insultar, escupir o dar patadas a una persona sin hogar que duerme en la calle o dentro de un cajero de un banco es más frecuente de lo que se piensa, unas agresiones que apenas se conocen y por tanto no se juzgan, tan solo cuando algún testigo las denuncia o cuando los hospitales comunican partes de lesiones.

"La realidad es que todo eso ocurre, el problema es la ausencia de denuncia; las víctimas no tienen el empoderamiento necesario para contar los hechos dada su situación de exclusión social", explica a Efe el fiscal coordinador de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, pionero en la lucha contra este tipo de delitos en España.

Gracias a testimonios de vigilantes de seguridad o de empleadas de limpieza de entidades bancarias o de la vía pública donde duerme cada noche la víctima, algunos de los casos llegan a los tribunales. Pocas veces son los propios agredidos los que denuncian, únicamente cuando van de la mano de una entidad social.

"Nos enteramos por terceros, la limpiadora del banco, el vigilante de seguridad, o cuando tiene repercusión en redes como el youtuber que daba galletas oreo rellena de pasta de dientes a personas sin hogar", explica Aguilar.

La ausencia de estudios y estadísticas que aborden la incidencia de esta clase de agresiones tampoco ayuda mucho a visibilizarlas.

Los escasos datos que existen, como la radiografía que realiza el Ministerio del Interior sobre los delitos de odio, ponen de manifiesto que son pocos los que llegan a enjuiciarse. En 2019 se contabilizaron 12 hechos motivados por aporofobia (rechazo a los pobres) de un total de 1.706 delitos de odio registrados.

"El problema es la ausencia de denuncia", destaca el el fiscal coordinador de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona

"La Agencia de los Derechos Fundamentales (FRA) de la UE tiene estudios de homofobia o racismo que hablan de que en un 80 por ciento de esos casos no se denuncian; me temo que en el ámbito de la aporofobia será mayor el volumen de casos que no se conocen", añade el fiscal

Hace unas semanas un grupo de jóvenes intentó quemar con gasolina a una persona que dormía a las puertas de un local social del barrio del Raval, en Barcelona. Unos días antes, se conoció un vídeo difundido por redes sociales que mostraba la agresión a una persona que vivía en la calle en O Grove (Pontevedra).

"Afortunadamente, hechos como el de Barcelona no son frecuentes pero sí ocurren hechos que no tienen esa transcendencia, repercusión o gravedad", afirma el fiscal. 

Para el fiscal coordinador de Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona, es urgente la reforma del Código Penal para que la aporofobia se contemple como motivo de discriminación en el capítulo de esos delitos y poder dar "una respuesta más enérgica a ese tipo de comportamientos, que son especialmente reprobables".

"Llevamos desde 2009 asumiendo asuntos de aporofobia; Adela Cortina le puso el nombre y nosotros empezamos a recoger todos los hechos motivados por este tipo de discriminación que no estaba reconocido legalmente, ni está todavía tipificado como un delito de odio", cuenta Aguilar. 

¿Qué cambiaría al introducirlo en el Código Penal?

El experto, que exige un reconocimiento legal a este tipo de discriminación para poder visualizarla, explica que su introducción en el Código Penal "supondría la aplicación de una agravante, es decir, que estos hechos tengan mayor reprobabilidad, mayor reproche penal y mayor pena". 

En segundo lugar, destaca que "le daríamos una respuesta penal más adecuada. Por ejemplo, si nos encontramos un caso de discurso de odio contra homosexuales o inmigrantes podemos plantear si existe un delito tipificado en el artículo 510; si ese discurso de odio está en una página web que dice que hay que exterminar a las personas sin hogar, pues no podríamos encajarlo en el 510 porque la aporofobia como motivo de discriminación no está contemplada". 

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