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La digitalización y la 'uberización' desnudan un Estatuto de los Trabajadores obsoleto y mutilado por la reforma laboral

El laminado de los derechos sociales y de la negociación colectiva abren de par en par las puertas para que los modelos de negocio tecnológicos, y también otros tradicionales, eludan las obligaciones del derecho laboral y consoliden formatos de trabajo precarizantes y desregulados, lo que sitúa al Diálogo Social ante el reto de modernizar las reglas del juego.

Un grupo de repartidores en Barcelona.
Un grupo de repartidores en Barcelona. REUTERS

Los nacidos en 1980 ya han entrado en la cuarentena, y la mayor parte de los jóvenes de entonces, al menos los que habían cumplido los 25, se han jubilado o están cerca de hacerlo tras haber desarrollado su trayectoria laboral, si no toda sí la práctica totalidad de ella, bajo las normas de un Estatuto de los Trabajadores cuyo texto original cumplió los 41 hace semana y media sin que sus sucesivas reformas hayan impedido que quede obsoleto para regular un marco laboral en el que un menguante volumen de asalariados, autónomos y funcionarios ‘de toda la vida’ conviven con otro creciente de colaboradores, falsos autónomos e interinos, en el que las plataformas tecnológicas disfrazadas de economía colaborativa y fórmulas de financiación como el crowfounding ganan espacio a la empresa tradicional y en el que los encargados y mandos intermedios empiezan a ser sustituidos por algoritmos informáticos.

"Hay un fenómeno preocupante de huida del derecho laboral, que es garantista y que impone obligaciones a las empresas, con una serie de figuras que llegan con una aceleración tremenda y que van a generar enormes bolsas de precariedad", explica Vicente Lafuente, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad de Zaragoza, que advierte que "al final se produce tal grado de desconexión que quien quiere hacerlo bien no sabe cómo".

La revisión de ese marco regulatorio es una tarea pendiente del país cuyo abordaje comienza a tener condiciones favorables al sumarse a la obvia urgencia de acometerlo el fortalecimiento durante la pandemia de una Mesa de Diálogo Social que, entre tiras y aflojas declarativos sobre la idoneidad de reconducir una reforma laboral sobre la que en realidad ya hay hilvanados varios retoques, se reunió el pasado miércoles con un único, y abierto, punto en el orden del día sobre el que, no obstante, tampoco han trascendido mayores concreciones: "Modernización del mercado de trabajo".

"No se trata de volver al Estatuto de 1984 ni a la reforma de 1994, sino de elaborar uno moderno con el que el trabajador quede protegido y con el que se evite que con cada pinchazo económico se pierdan derechos", anota Lafuente, que aboga por "una reforma consensuada y liderada por los agentes sociales que proteja a la parte más débil de la relación laboral antes de que se consoliden las nuevas fórmulas de las plataformas y de las redes de empresas en las que no se identifica al empleador".

Estos son los principales focos de obsolescencia que presenta el Estatuto de los Trabajadores, que en menos de una década se ha visto mutilado por las reformas laborales de José Luis Rodríguez Zapatero y de Mariano Rajoy y sobrepasado por la digitalización, la ‘uberización’ y una creciente, y judicializada, elusión de la legislación social.

Las plataformas digitales: nuevos modelos de trabajo y de empresa

"La empresa tradicional está dejando paso a nuevos modelos que generan poco empleo, efímero y cuyos costos recaen sobre el trabajador", indica Lafuente, que llama la atención sobre cómo estos en estos formatos "se configuran como intermediarios que formalmente prestan servicios a empresas pero que en realidad son quienes obtienen el beneficio del trabajo. Se debe configurar este tipo de relaciones laborales".

Se refiere, entre otras, a las plataformas digitales como Uber y Cabify, que se presentan como actividades colaborativas que se limitan a conectar a cliente y prestador del servicio cuando en realidad explotan negocios de transporte, en un caso similar a los del reparto de comida y de paquetería, en los que primero la Inspección y después los tribunales han ido dictaminando que existe una relación laboral entre la plataforma y quienes trabajan con ella.

"Se trata de saber quién te contrata y quien maneja la plataforma, que son quienes determinan las condiciones de trabajo y los modos de pago. No se trata de una intermediación, sino que organizan; son las empresas, porque tienen capacidad de organizar el trabajo y son quienes obtienen los beneficios", señala Mari Cruz Vicente, secretaria de Acción Sindical de CCOO.

En este sentido, la Mesa de Diálogo Social ha cerrado un pacto para regular la figura de los riders como asalariados, aunque se trata de un tema que va a ser reabierto a medio plazo. "En el marco europeo se está debatiendo la regulación de las plataformas digitales", añade Vicente, que considera el acuerdo "corto pero fundamental, porque afecta a la parte más débil de la relación laboral, aunque es una regulación que tendremos que reabrir porque la UE va a entrar ahí".

¿Y cómo se negocia un convenio con una empresa que no admite serlo?

Esa flanco de obsolescencia del Estatuto responde tanto a una avería del pasado como a una solución de futuro. Gonzalo Pino, secretario de Política Sindical de UGT, recuerda cómo entre los llamados "aspectos más lesivos" de la reforma laboral de 2012 se encuentra la prevalencia de los convenios de empresa sobre los sectoriales, lo que tiene unos claros efectos desregulatorios y, en la práctica, precarizantes.

"El problema es el mismo. Todo lo que sea negociar plataforma por plataforma nos va a llevar a una situación compleja que no se daría con una negociación sectorial", plantea. "Si no controlamos los procesos que vienen va a haber una competición por sobrevivir en la pobreza", añade.

Resulta llamativo cómo la tasa de trabajadores pobres que calcula el INE (Instituto Nacional de Estadística) se disparó en España coincidiendo con la recuperación de la ocupación tras la anterior crisis a partir de 2014, ya con la reforma laboral en vigor y con los modelos de las plataformas y fenómenos como el de los falsos autónomos en plena expansión.

España batió en 2019 su récord de trabajadores pobres al alcanzar los 2,6 millones: sus ingresos individuales no alcanzaban los 9.009 euros brutos anuales o los 18.919 cuando se trataba de un hogar con dos adultos y dos menores.

Robotización y digitalización: ¿la desaparición del encargado?

Las consecuencias laborales del avance de la robotización, que ya se aplica en casi el 9% de las empresas de más de diez trabajadores y en cerca del 2% de las microempresas, y de la digitalización de los procesos productivos también flotan en una laguna legal.

"¿Es una buena idea subvencionar la modernización de los procesos productivos que van a eliminar puestos de trabajo?", plantea Lafuente, partidario de "nuevas figuras impositivas" ante un escenario en el que "hasta ahora las máquinas creaban puestos de trabajo de una manera equiparable a los que destruían, pero no está nada claro que eso vaya a seguir siendo así".

Pino no comparte ese planteamiento, ya que "las nuevas tecnologías y la digitalización facilitan la reducción de jornada y el reparto del trabajo, pero el beneficio de ese ahorro de costes por la eliminación de la cadena de mando intermedia, porque con los elementos algorítmicos la dirección pasa a dar las instrucciones directamente al trabajador, se queda en la empresa. Es ese ahorro de costes el que debe pagar la reducción de la jornada y no los impuestos".

Teletrabajo y desconexión digital: otro derecho sin regular

"Nunca la interferencia de la vida laboral en la privada ha sido tan intensa como ahora. Se está dando una interferencia excesiva", sostiene el profesor Lafuente, que recuerda que, pese a las indicaciones del decreto que regula el teletrabajo, se trata de otro derecho vinculado a los nuevos modelos de trabajo que, en la práctica, sigue sin regular.

El motivo, de nuevo, se encuentra en la alteración del escalafón de los convenios colectivos en la reforma laboral de 2012. "La ley no cierra la regulación, y con la prevalencia del convenio de empresa es imposible negociar bajo el paraguas del diálogo social sectorial. Ahora, con un 90% de pymes y microempresas, lo que hay es una imposición de la empresa", apunta Pino.

Crowfounding: ¿Quién paga a quién y para qué?

El crowfounding o micromecenazgo, otra no muy antigua innovación digital que permite financiar acciones mediante campañas de donaciones, pone sobre la mesa otras lagunas de la regulación laboral en el nuevo marco laboral: ¿paga el promotor o los donantes? ¿para quién de ellos trabaja quien lo realiza? ¿se trata de una mera venta anticipada del producto en cuestión o de la financiación de una actividad? ¿por qué desgrava en el IRPF en lugar de soportar IVA en el primer caso? ¿debe tener el mismo tratamiento una iniciativa solidaria que una de autoempleo? ¿en qué se diferencia de una aportación de fondos de los socios?
¿En qué sector operan una empresa o una plataforma multiservicios?
Se trata, en la práctica, de uno de los sectores más afectados por el escalafón de los convenios. "La primacía de los de empresa sobre los de sector ha permitido establecer condiciones laborales inferiores, especialmente en las empresas multiservicios", donde la heterogeneidad de las tareas se convertía en una excusa para huir de los convenios sectoriales, apunta Lafurente, que anota que "el refuerzo de la negociación colectiva le conviene también a las organizaciones empresariales".

Subcontratación y temporalidad: dos averías relacionadas

El Tribunal Supremo puso deberes al Gobierno y a las Cortes con su sentencia del 29 de diciembre, en la que determina que la figura nuclear del sistema laboral en España es la del trabajador indefinido, y que las empresas que prestan servicios para terceros (las contratas) no pueden gestionar la plantilla a base de contratos temporales, normalmente de obra y servicio, en función de sus contratos. Ese formato se da con relativa frecuencia en las empresas que segregan su actividad en varias unidades que se contratan unas a otras.

"Subcontratación y temporalidad están ligadas, ya que subcontratar una parte del proceso productivo resulta en ocasiones equiparable a realizarlo dentro de la propia empresa con contratos de obra y servicio. Esos contratos duran lo que dura la contrata, con lo que se elude la norma", dice Lafuente, que recuerda que "la sentencia del Supremo pone las bases de lo que debe hacer el legislador, que es evitar esos abusos".

Una situación similar se ha venido dando en los últimos años en el sector de las cárnicas, donde miles de trabajadores pasaban de asalariados a autónomos, a menudo sin cambiar de puesto de trabajo, tras impulsar las propias empresas la creación de cooperativas a las que subcontrataban esas tareas con notables reducciones de costes al socaire de la tarifa plana.

El establecimiento de la causalidad para los contratos temporales, que supone que solo podrían utilizarse en determinadas situaciones, es uno de los temas que el Gobierno ha planteado a Bruselas en el plan para acceder a los fondos europeos para hacer frente a la crisis pandémica.

"Los acuerdos sobre los asuntos que figuran en las condicionan la disponibilidad del dinero. Cuanto más tardemos en cerrarlos más tardaremos en recibir los fondos", apunta Mari Cruz Vicente.

La jornada diaria, la semanal y la conciliación

"Eliminar la prevalencia del convenio de empresa es fundamental para regular el mercado laboral en un país con la realidad empresarial y de representación de España", insiste Pino, que señala esa circunstancia como la principal traba que impide que los acuerdos del diálogo social y la negociación colectiva sectorial lleguen a los trabajadores, algo que deja en el aire no la implementación esporádica pero sí la extensión de la jornada de menos de cinco días o de los acuerdos de conciliación.

Urgencias y necesidades tras una década perdida

"El Estatuto de los Trabajadores necesita una reforma integral, y eso es un trabajo largo, que requiere tiempo. Y al mismo tiempo necesitamos abordar asuntos urgentes como la regulación de la subcontratación, recuperar la ultraactividad de los convenios sectoriales, revisar la primacía de los de empresa y resolver qué pasa cuando no se prorrogan. Eso es urgente. Es lo que teníamos hilvanado y hemos de acabar de coser", mantiene Mari Cruz Vicente, para quien "primero hay que acabar lo que está empezado y en segundo término aquello a lo que el Gobierno se ha comprometido con la UE, y no podemos dejar que eso se mezcle con unas reformas que requieren un consenso amplio".

Coincide en el planteamiento temporal inmediato con Gonzalo Pino, quien considera que "tendremos que derogar la reforma laboral por partes. Nuestro objetivo es ir cerrando temas y acuerdos. Esa es la forma de que ambas partes ganemos confianza en el diálogo social". No obstante, matiza, "hay que entrar a adaptar el Estatuto al siglo XXI, y para eso hace falta una propuesta clara del Gobierno".

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