Público
Público
laboral coronavirus

¿Pueden las comunidades autónomas o el Gobierno obligar al teletrabajo?

El enredo sobre la obligación del teletrabajo en Catalunya ha generado multitud de dudas y preocupación tanto a empresas como trabajadores de todo el territorio nacional.

Hoy entra en vigor la norma que regula el teletrabajo en España
Una mujer trabaja en su casa debido a la pandemia de coronavirus. Archivo.

La obligatoriedad del teletrabajo se ha colado de nuevo en el debate en esta segunda ola del coronavirus. El consejero catalán de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat, Chakir El Homrani, aseguraba este martes que el teletrabajo y el trabajo a distancia eran "obligatorios" para todas las empresas, públicas o privadas, que pudieran implementarlo.

En una entrevista en RAC1, el consejero anunció sanciones para todas las compañías que no aplicasen el teletrabajo entre sus empleados, y explicó que aquellas que no tienen los medios para hacerlo deberían hacer un certificado.

Por el contrario, en una entrevista en Catalunya Radio, la consejera de Presidencia y portavoz del Govern, Meritxell Budó, explicó que la Generalitat no puede aplicar dicha medida porque no tiene la cobertura jurídica para hacerlo, aunque también pidió a las empresas que "prioricen y promuevan el teletrabajo".

Este enredo sobre la obligación del teletrabajo ha generado multitud de dudas y preocupación tanto a empresas como trabajadores de todo el territorio nacional ante el número de casos positivos de coronavirus y las diferentes medidas que están tomando las comunidades autónomas. Por ello, muchos se preguntan si la obligatoriedad del teletrabajo puede ser una realidad en los próximos días.

Existen diferentes competencias entre las comunidades autónomas y el Gobierno

En el caso del teletrabajo, las comunidades autónomas no pueden obligar a las empresas a que sus empleados teletrabajen. Ya que, como explica a Público el jurista Robert Gutiérrez, la obligatoriedad de teletrabajar es una medida laboral y las comunidades autónomas no tienen competencias en legislación laboral, ya que así lo dice el artículo 149.1.7 de la Constitución.

"En Catalunya ha habido polémica porque, escudándose en que las medidas sanitarias obligan a limitar al máximo la movilidad de las personas, se ha discutido si para limitar dicha movilidad se puede obligar a teletrabajar. De modo que la obligatoriedad de teletrabajar "se esconde" como una norma sanitaria y no como una norma laboral, ya que las comunidades autónomas sí que tienen competencias en sanidad", cuenta el jurista.

Por otra parte, desde el Gobierno sí que se podría obligar a las empresas a tomar esta medida. "Del mismo modo que se decreta el estado de alarma y se limitan derechos fundamentales (con confinamientos, toques de queda...) se podría imponer la obligatoriedad como medida excepcional y siempre que las circunstancias del puesto de trabajo lo permitan", explica Gutiérrez.

Durante la primera ola era prioritario el teletrabajo

Durante el primer estado de alarma en marzo, el Gobierno puso el teletrabajo como medida prioritaria en las empresas. Concretamente, esta medida fue aprobada por el Ejecutivo en el Real Decreto-ley del 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la covid-19.

Precisamente, por ese motivo, Robert Gutierréz explica que, a día de hoy, el Gobierno debería poner el teletrabajo como prioritario, "siempre que las circunstancias del puesto de trabajo lo permitan".

Por su parte, el profesor de Derecho del Trabajo en la Universitat Autónoma de Barcelona Alberto Pastor explica que el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 es una norma que aún está vigente.

"Las empresas están, y ya estaban, obligadas a potenciar el teletrabajo siempre que ello sea posible. Una obligación condicionada, pero en todo caso, obligación que debe cumplirse salvo que razones técnicas u organizativas lo imposibiliten. En su artículo 7.1 establece que las empresas deberán adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible", explica.

Lo que pueden hacer ahora las comunidades autónomas y el Gobierno

Aunque las comunidades autónomas no pueden obligar a las empresas a que sus empleados teletrabajen, sí que pueden hacer recomendaciones y fomentar acuerdos para esta medida.

"En el caso de Catalunya se ha impulsado un acuerdo entre los interlocutores sociales para que estos sí que se comprometan a implementar las obligaciones que ellos estimen más oportunas", cuenta Pastor.

El profesor recuerda que esto mismo se puede hacer en todas las comunidades autónomas a través de la negociación colectiva y que, si sindicatos y patronales están de acuerdo deberán hacer todo lo posible para intentar promover el teletrabajo.

"No se puede establecer una obligación para todas las empresas para que el total de sus empleados teletrabajen desde el minuto uno, eso sólo lo podrán hacer algunas empresas. Debe haber acuerdos que se adapten a todas las realidades y que por lo tanto debe ser lo suficientemente abierto", finaliza.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Economía