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La Audiencia Nacional ha permitido los actos de homenaje y recibimiento al dirigente radical abertzale Rafael Díez Usabiaga que están previstos para mañana en Cantabria y en el País Vasco, cuando saldrá de la cárcel cántabra de El Dueso.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu estima en un auto que no existe "constancia alguna" de que en los actos convocados se vaya a producir delito alguno y establece que es la Consejería de Interior del Gobierno Vasco la que debe decidir sobre si la convocatoria se ajusta a la normativa para su celebración.
Este mismo miércoles, la Delegación del Gobierno en Cantabria ha prohibido la concentración de homenaje y recibimiento a Díez Usabiaga a su salida de la cárcel de El Dueso de Santoña (Cantabria) por incumplimiento del plazo que exige la ley para comunicar este tipo de actos.
El exsecretario general del sindicato LAB abandonará a las 8.00 horas la cárcel ubicada en Santoña tras cumplir seis años y medio de condena por crear Bateragune a las órdenes de ETA.
Por la tarde, será homenajeado en su localidad de residencia, Lasarte, por medio de un acto político sobre el que la Delegación del Gobierno en Euskadi se mantiene "vigilante" ante la posibilidad de que se convierta en un acto de enaltecimiento del terrorismo o de humillación a las víctimas.
Sin delito alguno
El juez Andreu ha acordado sobreseer el procedimiento después de que la asociación Plataforma de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo (APAVT) solicitara la prohibición de ambos homenajes.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 razona que a la jurisdicción penal compete solo la persecución y el castigo de los hechos penales "una vez estos se han producido".
La asociación pedía esta prohibición al entender que los hechos podrían ser constitutivos de delito de enaltecimiento del terrorismo.
El magistrado Andreu expone que en derecho no puede actuarse con carácter preventivo porque ello implicaría asociar consecuencias jurídicas que limitan derechos. El principio de intervención se aplicaría en situaciones que "causen un daño relevante o ponga en peligro bienes jurídicos esenciales".
"En el presente caso no existe constancia alguna que permita afirmar que se haya producido o se vaya a producir delito alguno", explica el auto del magistrado Andreu en respuesta a la petición de este colectivo de víctimas.
Condenado por pertenencia a organización terrorista
El exsecretario general de LAB fue condenado en septiembre de 2011 junto a Arnaldo Otegi por un delito de pertenencia a organización terrorista, ambos en grado de dirigentes, a las penas de diez años de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo e inhabilitación para el empleo de cargo público.
El Tribunal Supremo rebajó la condena a seis años y medio de cárcel al considerarles integrantes, y no dirigentes, de ETA. El alto tribunal resolvió que la organización terrorista delegó en Otegi y Díez Usabiaga “la labor negociadora y de aglutinación del sector soberanista del País Vasco” dentro de la izquierda radical. También redujo a 6 años las penas de Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto, extesorera de ANV, y Miren Zabaleta, hija del dirigente de Aralar Patxi Zabaleta.
Díez Usabiaga ha sido el eterno negociador en el que ETA confiaba en sus contactos con el Gobierno. Secretario general de sindicato Langile Abertzaleen Batzordeak/Comisiones de Obreros Patriotas (LAB), entre 1996 y 2008, Díez Usabiaga ha ejercido como eslabón civil de las sucesivas negociaciones entre la organización criminal y los diversos gobiernos.
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