Trabajo pone en la diana las horas extraordinarias sin remunerar en el nuevo registro de jornada: estas son las claves
El departamento dirigido por Yolanda Díaz saca a consulta pública el reglamento con el que pretende endurecer el registro horario. Este trámite estará abierto hasta el 26 de septiembre.
Madrid--Actualizado a
El Ministerio de Trabajo ha sacado este jueves a consulta pública el proyecto para desarrollar un reglamento que establezca un nuevo registro de jornada, y uno de sus principales objetivos será el de poner coto al fraude de las horas extraordinarias sin remunerar.
En este trámite, el Gobierno abre la puerta a que las partes afectadas o interpeladas por la norma puedan realizar aportaciones antes de comenzar la elaboración concreta de su articulado. La consulta pública concluirá el 26 de septiembre, momento en el que comenzará la fase de redacción del texto para remitirlo "a la mayor brevedad", aseguran en Trabajo, al Consejo de Ministros.
Aunque el documento dado a conocer este jueves no incluye la redacción concreta que tendrá el reglamento cuando se desarrolle en su totalidad, sí que contiene algunos elementos bastante específicos que apuntan claramente a los objetivos que perseguirá este decreto (que no necesita ser convalidado por el Congreso).
Uno de los puntos más destacados es el que se refiere a la necesidad de precisar "cada tipo de tiempo de trabajo registrado": "Se debe registrar toda la jornada, pero cabe prever que se señale si el tiempo de trabajo es efectivo o de disponibilidad, o si las horas son ordinarias o extraordinarias. Esta calificación permitirá identificar más incumplimientos de la normativa, con las consecuencias que legalmente procedan".
Es precisamente el asunto de las horas extraordinarias sin registrar ni retribuir uno de los aspectos con mayor peso en el documento. En el apartado de antecedentes de la norma, Trabajo apunta a la ausencia de regulación para desarrollar un instrumento con el objetivo de registrar y controlar la jornada hasta 2019 (cuando se aprobó vía decreto).
Copias del registro y "sellos de tiempo"
"Esta sensible ausencia ha tenido como consecuencia, entre otros aspectos relativos a la jornada y los descansos, la proliferación de las prolongaciones de la jornada de las personas trabajadoras, superando los límites legales y en muchas ocasiones sin retribuir, así como los inconvenientes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para poder controlar la realización de horas extraordinarias", se señala en el texto.
En este sentido, se apuntala, "resulta preciso reforzar la regulación legal para mejorar el control eficaz del tiempo de trabajo de modo que se garanticen los tiempos máximos de trabajo y los descansos mínimos, evitando la realización de horas extraordinarias ilegales y asegurando con ello el más efectivo cumplimiento de la normativa europea en la materia".
Para garantizar que el registro refleje de manera fiel la jornada trabajada, el reglamento que se elabore, apunta el texto, "puede incluir obligaciones específicas como la de que la representación legal de los trabajadores obtenga copias del registro con una cierta periodicidad, o que deban estar presentes para modificar el registro. En algunos casos, de nuevo, podría requerir del acceso electrónico interoperable y garantías informáticas de autenticidad, como sellos de tiempo".
En el documento sometido ahora a consulta pública se avanza también que el nuevo reglamento establecerá "disposiciones que garanticen la realización personal y directa de los asientos por las personas trabajadoras, así como la identificación de las interrupciones. Ello podría determinar la posibilidad de requerir que el registro sea electrónico, con mecanismos de verificación de la identidad".
También se apunta a la necesidad de que el registro sea interoperable de manera directa para la Inspección de Trabajo, para lo que se abordarán "las formas de mantener los registros individuales a disposición de las personas trabajadoras y del conjunto de los registros a disposición de su representación y de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social, lo que puede incluir las formas adecuadas de acceso, incluidas las telemáticas".
Un debate que ya se dio en el diálogo social
La vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, ya había advertido de que si el Congreso tumbaba la ley que aspiraba a rebajar la jornada máxima legal a 37,5 horas semanales, el Ministerio de Trabajo desarrollaría un reglamento que diera lugar, sin pasar por la Cámara Baja, a un nuevo registro horario que permitiera evitar el fraude en las jornadas y en las horas extraordinarias.
Este, de hecho, era uno de los puntos de la ley para reducir la jornada laboral que más rechazo genera entre las principales patronales. Durante la negociación de la norma en el diálogo social, los sindicatos ya pidieron al departamento dirigido por Díaz que sacara el registro horario de la ley y lo aprobara por separado y de manera urgente, como elemento de presión ante una patronal que en ese momento se negaba a presentar por escrito ninguna propuesta en la mesa.
Las organizaciones sindicales basaron su demanda en un informe elaborado por Comisiones Obreras (con datos de la EPA y de otras fuentes institucionales) que cifra en 2,61 millones las horas extraordinarias no pagadas que hacen los trabajadores a la semana; un exceso irregular de jornada que, según este documento, supone un coste laboral de 3.254 millones no pagado en términos de salario bruto y cotizaciones sociales.
Entre 2015 y 2024, el Ejecutivo logró recaudar 15 millones de euros a través de la intervención de la Inspección de Trabajo en fraudes relacionados con las horas extraordinarias.
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