La actuación negligente de la Hacienda de Montoro permitió al presidente de Equipo Económico tumbar seis sanciones tributarias en los tribunales
Ricardo Martínez Rico usó una sociedad instrumental, Econodos SL, para pagar menos a Hacienda. 'Público' ha localizado seis sentencias del TSJ de Madrid que aceptan recursos de dicha compañía contra sanciones por irregularidades en los pagos del Impuesto sobre Sociedades, el IVA y el IRPF.
El TSJ acusa a la Agencia Tributaria de cometer un "colofón de irregularidades", entre ellas, que la inspección se realizase desde Madrid cuando Econodos tenía su sede en Málaga.

Madrid--Actualizado a
Ricardo Martínez Rico fue durante muchos años uno de los hombres de confianza del exministro Cristóbal Montoro, que lo nombró secretario de Estado de Presupuestos durante el último periodo de la segunda legislatura de José María Aznar. Los dos fundaron años después el despacho Equipo Económico, ahora investigado por supuestamente impulsar reformas legislativas para beneficio de algunos de sus clientes. Martínez Rico se mantuvo como presidente de la firma tras la salida de Montoro en 2008. El economista figuraba además como administrador de una segunda sociedad, Econodos SL, que utilizaba para facturar a Equipo Económico a pesar de que, según consta en un informe de la Agencia Tributaria al que ha tenido acceso Público, "no tiene medios personales" y "carece de medios materiales".
Este es el patrón que seguían casi todos los socios del despacho fundado por Montoro: montaban sociedades instrumentales para "facturar exclusivamente" a Equipo Económico y reducir así su factura fiscal. Las alarmas saltaron entre los inspectores de Hacienda, pero el Ministerio, dirigido entonces por Montoro, cometió un "colofón de irregularidades", tal y como recogen varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) consultadas por Público, que permitieron a Econodos y Martínez Rico tumbar en los tribunales las sanciones fiscales recibidas. Este periódico ha localizado seis sentencias en las que el TSJM acepta los recursos de Econodos para impugnar o reducir sanciones por infracciones relativas al Impuesto sobre Sociedades, el IVA o el IRPF.
Econodos, una empresa sin medios para realizar su actividad
La Agencia Tributaria, una vez analizadas las cuentas de Econodos relativas al periodo 2008-2013, pudo comprobar que la compañía "factura casi en exclusiva a Equipo Económico", de manera que "la creación de Econodos no puede responder a la creación de una actividad nueva" y mucho menos diferenciada. La falta de recursos en el organigrama de la empresa también queda probada en el informe del fisco: "Los clientes finales son captados por Equipo Económico, disponiendo este despacho de los medios materiales y personales necesarios para la prestación de los servicios que ponen a disposición tanto Ricardo Martínez Rico como Econodos". Estas irregularidades motivaron la apertura y la resolución de una serie de investigaciones contra esta y otras empresas implicadas en el caso Montoro.
El problema de la incompetencia territorial
El TSJM estimó íntegramente tres recursos de Econodos contra la Administración General del Estado (AGE) entre febrero y abril de 2022. El primero hace referencia a la liquidación del Impuesto sobre Sociedades relativo a los años 2011, 2012 y 2013. El fisco le reclamaba a la compañía una deuda de 12.193 euros. El segundo tiene que ver con la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del mismo periodo. La cuota pendiente de abonar era de 19.370 euros. El último se refiere al pago pendiente de 33.129 euros –más una multa de 13.665 euros– por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de los ejercicios de 2012 y 2013. La suma de todas las cantidades, sanción aparte, roza los 65.000 euros. Y los tres recursos se aceptan en base al mismo motivo: incompetencia territorial.
La explicación es bastante sencilla. El organismo encargado de imponer las tres sanciones fue el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid. Las actuaciones inspectoras se iniciaron en la capital el 1 de febrero de 2016, tal y como consta en las resoluciones consultadas por este medio. Montoro cumplía entonces cinco años como ministro de Hacienda del Gobierno de Mariano Rajoy. El problema es que Econodos, según sus propias alegaciones, había trasladado su domicilio social de Madrid a Málaga el 4 de diciembre de 2015. La inspección no siguió el procedimiento legal para extender su competencia a otra región, en este caso Andalucía, ni demostró que las actuaciones contra la sociedad hubieran empezado antes de la fecha indicada.
La empresa también alegó en su recurso por las liquidaciones del Impuesto de Sociedades correspondientes a 2011 y 2012 que las actuaciones "habían prescrito", habida cuenta de que la inspección superaba a su juicio los plazos establecidos. El TSJM aceptó íntegramente el recurso de la compañía de Martínez Rico.
Esta es la misma lógica que utilizó Econodos, con diferentes fechas, para protestar por el cobro del IRPF. La justicia, en cambio, especificó en este caso que no se había producido "la prescripción de la acción", pero tuvo que anular igualmente las sanciones por el desliz de la incompetencia territorial. "No existe alusión alguna del motivo por el que la Delegación Especial de Madrid asume la competencia territorial respecto de una sociedad que no tiene su domicilio fiscal dentro del ámbito de su competencia territorial", recalcan en su fallo los magistrados del TSJM. La Administración General del Estado tuvo que asumir las "costas procesales" en los tres casos.
La confusión con el cobro de los intereses de demora
Los otros tres recursos que han sido parcialmente aceptados por el mismo órgano tienen que ver fundamentalmente con los intereses de demora exigidos tanto al propio Ricardo Martínez Rico como a la firma de la que era administrador, Econodos. Las investigaciones persiguen aquí supuestos impagos en el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios correspondientes a 2008, 2009 y 2010. La primera deuda ascendía, en principio, a 461.316 euros. Martínez Rico abonó dicha cantidad en junio de 2014, pero luego impugnó la liquidación. El Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid aceptó parcialmente sus alegaciones y rebajó la deuda por el IRPF hasta los 74.355 euros, pidiendo, eso sí, los intereses de demora aplicados sobre las fechas originales de vencimiento. La justicia estimó el recurso del economista y empresario, considerando que no se podían exigir intereses de demora por un retraso imputable a la Administración. El fisco tuvo que recalcular los intereses excluyendo el periodo que tardó en resolver las reclamaciones.
Los argumentos y errores son similares en las otras dos resoluciones, correspondientes esta vez al Impuesto sobre Sociedades. Econodos, una vez abonadas las deudas pendientes, volvió a reivindicar que "no cabe exigir intereses de demora durante el tiempo en que el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid excedió el plazo legal de un año para resolver" sus demandas. La empresa consiguió a cambio una rebaja en concepto de intereses, pero tuvo que devolver igualmente la cuota correspondiente al impago principal. Estas últimas investigaciones, según ha podido comprobar Público, se iniciaron antes de 2014, cuando Martínez Rico impugnó las liquidaciones. El hecho de que el investigado realizase sus pagos en el periodo voluntario indica que los procesos se resolvieron durante la etapa de Montoro como ministro.
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