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Antonio Manuel Guerrero La Audiencia de Navarra mantiene en libertad al guardia civil de 'La Manada'

Antonio Manuel Guerrero intentó renovar el pasaporte pese a tenerlo expresamente prohibido por las medidas cautelares de la libertad condicional.

Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil miembro de 'La Manada' sale del juzgado de Sevilla. (RAÚL CARO | EFE)

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La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha rechazado en un auto hecho público este martes el reingreso en prisión solicitado por la fiscalía y las acusaciones del guardia civil de La Manada, Antonio Manuel Guerrero, quien intentó renovar el pasaporte pese a tenerlo expresamente prohibido por decisión de este mismo tribunal.

La resolución cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, quien aboga por el encarcelamiento del condenado al estimar que este quebrantó la medida cautelar impuesta en el auto dictado el pasado 21 de junio.

La fiscalía, la acusación particular, ejercida por la joven que denunció la violación, y las dos acciones populares —Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno de Navarra—, consideraron en una vista celebrada el 5 de julio que el intento de renovación del pasaporte constituía un intento de quebrantamiento de una de las medidas cautelares fijadas por la Sección Segunda en su resolución del 21 de junio y, por tanto, el condenado debería ingresar en prisión por riesgo de fuga. La defensa, por su parte, se opuso y reclamó el mantenimiento de la situación de libertad.

Antonio Manuel Guerrero estuvo en comisaría de ablada (Sevilla) el pasado 25 de junio, según su versión, porque debía entregar el pasaporte, tal y como fijan las medidas cautelares de su libertad provisional, pero no lo tenía en su poder y además creía que puede estar caducado.

La Policía sin embargo mantuvo en un informe elaborado a petición de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra que Guerrero, condenado a nueve años de cárcel por abusar de una joven madrileña en los sanfermines de 2016, pidió renovar su pasaporte y se marchó cuando se le comunicó que el sistema alertaba de que no podía hacerlo ya que tiene prohibido salir del país y debe entregar su pasaporte en los juzgados.

Los cinco condenados quedaron en libertad el 22 de junio, al día siguiente del auto notificado por el tribunal, tras abonar cada uno los 6.000 euros de fianza impuesta para eludir la prórroga de la prisión provisional. Esta decisión también contó con el voto particular del presidente de la Sección Segunda, quien se mostró partidario de la prórroga de la prisión hasta la mitad de la pena impuesta, 4 años y 6 meses.

Entre otras medidas cautelares, además del depósito de la mencionada fianza, el tribunal impuso a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia su localidad de residencia, la prohibición de acceder a la Comunidad de Madrid —lugar de residencia de la denunciante—, la prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio o procedimiento, la retirada del pasaporte y la prohibición de obtenerlo en un fututo, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, la designación de un domicilio donde puedan ser hallados, así como un teléfono de contacto, con la advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en esos domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).

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