Público
Público

Facturas sin IVA y multas a las empresas por impagos: así será la revolución fiscal para los autónomos

Hacienda ultima la trasposición de la directiva comunitaria que eximirá de ese impuesto a los profesionales que facturen menos de 85.000 euros al año.

Hacienda ultima la trasposición de la directiva comunitaria que eximirá de ese impuesto a los profesionales que facturen menos de 85.000 euros al año mientras la UE prepara un reglamento para sancionar a las empresas que tarden más de un mes en pagar a su
Un hombre espera su turno en la Agencia Tributaria, a 1 de junio de 2023, en Madrid. Carlos Luján / Europa Press

"¿Con IVA o sin IVA?" La pregunta va a perder frecuencia dentro de unos meses, cuando, en enero de 2025 como muy tarde, entre en vigor la reforma de la fiscalidad de los autónomos, que va a permitir a decenas de miles de ellos, más de 600.000 según algunas estimaciones, dejar de incluir ese impuesto en sus facturas.

La iniciativa, que se está tratando en una mesa en la que la Agencia Tributaria se sienta con las principales asociaciones de autónomos, sindicatos y organizaciones patronales, se deriva de la obligación de trasponer antes de esa fecha la Directiva 2020/285 sobre el sistema común del IVA.

"Esta reforma va a modificar la fiscalidad de miles de autónomos que operan como personas físicas y que voluntariamente podrán acogerse al régimen de franquicia si su facturación no llega a 85.000 euros anuales", explica Eduardo Abad, presidente de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos).

¿En qué consiste el régimen de franquicia del IVA?

Básicamente, en la posibilidad de quedar eximidos de la obligación de incluir el IVA en las facturas que emitan siempre que cumplan el requisito de que su facturación anual no supere esa cifra y, al mismo tiempo, a poder deducirse en el IRPF los gastos del último año relacionados con la actividad que desempeñe. Esto último facilitaría el cálculo de los ingresos netos sobre los que se aplicaría este último impuesto.

¿Y si se superan los 85.000 euros?

La Directiva contempla que puedan seguir aplicándose la fórmula de la franquicia si su facturación rebasa en menos de un 10% el umbral (93.500 euros), y también da a los Estados la posibilidad de ampliar ese margen hasta el 25% (106.250) siempre que los asientos no pasen de 100.000 en el de residencia.

¿Qué ventajas prácticas tiene para un autónomo?

La principal en el plano práctico consiste en no tener que realizar las declaraciones de IVA trimestrales de abril, julio y octubre ni la anual de enero, además de olvidarse de las compensaciones entre el emitido, que desaparece, y el soportado, que pasa a ser deducible en el IRPF como parte de las facturas de gastos soportados. Así, dejarán actuar gratis como financieros para sus clientes de envergadura y como recaudadores sin gratificación para el fisco.

¿Cuándo entraría en vigor?

El 1 de enero de 2025 como muy tarde. Los retrasos sobre esa fecha exponen al Estado a multas millonarias por incumplir la normativa comunitaria. La Agencia Tributaria trabaja para presentar en octubre el texto sobre el que la mesa efectuará las últimas propuestas de modificación antes de pasar al Consejo de Ministros para que lo tramite como decreto (lo más probable vista la exigencia temporal) o como proyecto de ley.

¿Esto es completamente nuevo?

No del todo, ya que en la actualidad hay varias actividades profesionales exentas de IVA como las sanitarias, las educativas y de formación, las de asistencia social, las relacionadas con el arte y la cultura (músicos, actores, escritores, fotógrafos, artistas plásticos), las postales, las de servicios inmobiliarios y de seguros y las de intermediación financiera.

¿A cuántos autónomos podrá afectar?

A los que, de los 2,02 millones de autónomos que constan como personas físicas en los ministerios de Trabajo y de Inclusión, cumplan el requisito del volumen de facturación y opten voluntariamente por acogerse al nuevo sistema, algo para lo que en principio dispondrán de un periodo transitorio.

Sí se sabe que no podrán aplicarlo los 1,02 millones que lo hacen a través de sociedades ni sus 245.457 familiares, cuyas empresas tributan por Sociedades e IVA mientras ellos declaran sus ingresos en el IRPF como cualquier asalariado. Queda por resolver qué ocurre con los 45.085 miembros de colegios profesionales.

Las estimaciones de UPTA apuntan a una bolsa de más de 600.000 autónomos, es decir, en torno a la quinta parte, mientras que los datos que publican la Seguridad Social y la Agencia Tributaria sobre bases de cotización y las actividades económicas no permiten afinar más, ya que los primeros se refieren a un dato voluntario y los segundos a los rendimientos.

Estos últimos, sin discriminar entre autónomos personales y societarios, indican que mientras 1,4 millones de ellos no gana lo suficiente como para tener que hacer declaración del IRPF (22.000 euros de un pagador, 14.000 de dos o más), otros 320.000 declaran pérdidas y 1,52 millones más tributan por ganancias de menos de 52.000 euros.

¿Tendrá alguna consecuencia para los consumidores?

Hay dos claras: dejarán de tener que pagar el actual recargo del 4% al 21% del coste del bien que les suministra o el servicio que les presta el autónomo si este se ha acogido a la franquicia, algo que ofrece un elevado margen para el abaratamiento de los precios.

En cualquier caso, está por ver si ocurre o no lo mismo que con la rebaja del IVA cultural, que redujo del 21% al 10% el recargo de las entradas de, principalmente, los toros, el teatro, los conciertos y las discotecas, y que se tradujo en un mantenimiento de los precios con la consiguiente ampliación de los márgenes para las empresas.

¿Y para el resto de empresas?

Seguirán emitiendo facturas con el IVA correspondiente, aunque las compañías de mayor tamaño dejarán de beneficiarse de la bolsa de financiación de hasta el 21% del valor de sus gastos que generaban descontándose en un trimestre el impuesto de las facturas emitidas por sus proveedores pero que, en realidad, no iban a pagar hasta la siguiente liquidación.

¿Va a pasar algo con los pagos a los proveedores?

Sí: la presidenta de la Comisión Europea, Úrsula Von der Leyen, anunció hace unos días en su discurso sobre el Estado de la Unión el inminente envío al Europarlamento de una propuesta de reglamento sobre morosidad que contempla sanciones para las empresas que tarden más de treinta días en liquidar las facturas de sus proveedores.

El aplazamiento de los pagos por parte de las empresas, una costumbre más habitual cuanto mayor es su tamaño, genera un boquete de cientos de millones de euros cada año a autónomos y pymes (2.400 según Cepyme), que se ven obligados a endeudarse para poder disponer de liquidez en una rueda cada vez más gravosa ante el empeño del BCE (Banco Central Europeo) en tensionar la economía a base de encarecer el precio del dinero.

Se trata de un "hito histórico sin precedentes" del que "se beneficiarán millones de autónomos y pymes en toda Europa, que son los que más sufren la lacra de la morosidad", señaló Antoni Cañete, presidente de la PMCM (Plataforma Multisectorial contra la Morosidad), una de las entidades que más ha presionado en ese sentido ante la pasividad de los legisladores españoles.

"La morosidad es uno de los principales problemas a los que se enfrentan las pymes", anotan desde Cepyme, que reclama que la medida se aplique "de forma escalonada" y comenzando "por las administraciones públicas; posteriormente, por grandes empresas; y, por último, por pequeñas empresas y autónomos. Esto permitiría que la liquidez llegue a las pymes y estas puedan cumplir con su periodo de pago sin situarlas en una situación de estrangulamiento financiero".

¿Se prevén más novedades en la fiscalidad de los autónomos?

UPTA viene reclamando en la negociación incluir como gastos deducibles en el IRPF los de la comida y el carburante de los autónomos, el primero de los cuales quedó en un limbo con la reforma de 2017, como la desgravación de los suministros para quienes trabajan en casa, mientras el segundo nunca ha sido admitido por la Administración.

"Mejorar esa deducibilidad ayudaría a paliar el engaño que sufrimos los autónomos con esa reforma" impulsada por PP y Cs, anota Abad, para quien "estos cambios supondrán cerrar la brecha fiscal entre los autónomos que declaran en el IRPF, que llegan a soportar presiones fiscales de más del 30%, y quienes lo hacen por el Impuesto de Sociedades", para los que no llega al 10% de sus beneficios.

Quedan por perfilar aspectos como el tratamiento de otros gastos de movilidad al margen de los de carburante, como la compra de vehículos, que sí es deducible en Sociedades, o el uso del transporte público.

¿Qué va a pasar con los módulos?

Ese sistema, diseñado para los autónomos con dificultades para llevar su contabilidad y al que pueden acogerse quienes facturan hasta 125.000 euros anuales, parece destinado a la desaparición con el nuevo sistema y con la extensión de los métodos electrónicos de pago, que facilitan la identificación de los ingresos.

Algo similar ocurre con el recargo de equivalencia, limitado para comerciantes que no realizan ninguna transformación del producto antes de venderlo y que conlleva un gravamen del 0,5% al 5,2% en las facturas de sus proveedores.

"Si vamos a implantar un sistema más sencillo para quienes facturan menos de 85.000 euros al año no tiene sentido mantener los módulos, que al final resultan un lastre para quien esta en la franja baja de la facturación y un chollo para los de la alta, ni el recargo", sostiene Abad. "Se trata de ir a un sistema más justo en el reparto de las cargas fiscales y que permita aumentar la redistribución de la riqueza a través de los impuestos", añade.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Economía