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Ejércitos Defensa ordena que cada unidad organice homenajes a sus caídos y limita el gasto de transporte a dos familiares por fallecido

La orden fue aprobada el pasado viernes, tres semanas después del último Día de las Fuerzas Armadas, que tuvo lugar en Sevilla y al que Defensa invitó a gastos pagados a familiares de 173 militares fallecidos en misiones en el exterior.

Imagen de la Patrulla Águila sobre Sevilla el pasado DIFAS 2019. EFE

Nueva normativa para homenajear a militares fallecidos en acto de servicio. Mediante una Orden publicada el pasado viernes, el Ministerio de Defensa deja en manos de cada unidad, centro u organismo la organización de las ceremonias por sus miembros caídos en el día de las Fuerzas Armadas. La nueva norma, además, limita el gasto de traslado —si fuera necesario— a dos familiares de cada uno de los homenajeados, que pagará cada ejército.

Esta orden se publicó el viernes día 21 de junio, apenas tres semanas después del último día de las Fuerzas Armadas (DIFAS 2019), que tuvo lugar el pasado 1 de junio en Sevilla. En esa ocasión, el Ministerio de Defensa invitó los familiares de todos los militares fallecidos en misiones en el exterior desde 1989, también a los de los 62 militares caídos en la catástrofe del Yak-42, el siniestro aéreo que tuvo lugar en Trebisonda (Turquía) el 26 de mayo de 2003.

Este homenaje simbólico —el DIFAS 2019 estaba dedicado especialmente a los militares españoles en misiones internacionales, de las que se cumplen 30 años— implicó para el ministerio ponerse en contacto con los familiares de cada uno de los fallecidos para ofrecerles, en su caso, traslado y alojamiento en la capital andaluza.

Algunos de esos allegados, como Mari Paz Fernández, viuda del comandante José Manuel Ripollés, rechazaron la invitación y mostraron su tristeza por la desidia de los poderes públicos a la hora de esclarecer, de una vez todas, las irregularidades que rodearon a aquella tragedia.

Los homenajes, obligatorios y en cada unidad

Ahora, esta Orden Ministerial acota la manera de realizar homenajes a los caídos cuando se celebre el DIFAS. Así, ordena que en próximas ediciones del día de las FFAA "todas las unidades, centros y organismos organizarán un acto de homenaje al personal de su unidad fallecido en acto de servicio".

En el artículo 2 de la norma, se especifica que en esos actos mencionados "se rendirá homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas y al personal civil con especial vinculación con la Defensa y las Fuerzas Armadas, fallecidos en acto de servicio". A cada homenaje "se invitará a los familiares, hasta segundo grado, de todos los componentes de la unidad fallecidos en acto de servicio, a quienes se les asignará un lugar preferente en el desarrollo de los actos".

No obstante, si los familiares no residen en la misma localidad que la unidad, "cada ejército se hará cargo de los gastos derivados del transporte para la asistencia al acto de homenaje de hasta dos familiares por cada uno de los fallecidos en acto de servicio, con independencia de que el número de invitados por cada fallecido", reza la disposición adicional primera. Nada dice acerca del alojamiento de esos dos invitados por caído.

La misma disposición establece que los gastos "la gestión de la participación de los familiares de los fallecidos se realizará por las unidades, centros y organismos correspondientes", y los gastos que se produzcan serán a cargo de cada una de dichas unidades, incluidas el Estado Mayor de la Defensa, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad Militar de Emergencias y otros organismos autónomos.

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