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FEMEN Absueltas las dos activistas de Femen que se encadenaron al altar de la Almudena

El juez rechaza que ambas cometiesen los delitos de los que las acusaban la Asociación de Abogados Cristianos y la Fiscalía, y señala que lo que hicieron fue únicamente "defender una idea, la del derecho al aborto".

Absueltas las dos activistas de Femen que se encadenaron al altar de la Almudena | EFE

público | AGENCIAS

El Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid ha absuelto a las dos activistas de Femen de un delito de odio y contra los sentimientos religiosos que se encadenaron con el torso desnudo el 13 de junio de 2014 al altar mayor de la Catedral de la Almudena de Madrid en una protesta a favor del aborto.

En la sentencia, el juez rechaza que ambas cometiesen tales delitos, de los que las acusaban la Asociación de Abogados Cristianos y la Fiscalía, y señala que lo que hicieron fue únicamente "defender una idea, la del derecho al aborto".

El juez ha argumentado que no existe delito de odio, ya que no se contiene expresión alguna de las acusadas que, por la vía de la humillación, el menosprecio, el insulto o el descrédito de los católicos, promueva a terceros a discriminarlos, considerarlos de peor condición o, menos aún, actuar de forma violenta contra ellos.

Del mismo modo, el magistrado entiende que no se ha producido delito alguno contra los sentimientos religiosos, ya que no hubo contacto físico con el crucifijo del altar central de la catedral y, a su vez, no se realizaba ningún acto de culto cuando se produjeron los hechos.  

Tampoco considera que hubiera una profanación que afectara al derecho fundamental a la libertad religiosa de los católicos, en cualquiera de sus vertientes, ni escarnio ni burla a los dogmas de la religión católica. En su lugar, ha estimado que se trataba de una expresión pública ante los cambios propuestos en la ley que regula el aborto y que, en ese momento, planteaba el debate político en la sociedad, hecho que encarna directamente en la libertad de expresión.

Por este motivo, las palabras del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) cobran especial consideración ya que deben soportarse la defensa de ideas, incluso las que hieran, ofendan o importunen. 

Recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid

La Asociación Española de Abogados Cristianos ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid la sentencia que absuelve a las dos activistas de Femen que asaltaron la Catedral de La Almudena, advirtiendo de que llevarán el caso ante Estrasburgo "si es necesario".

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha subrayado que "si salen absueltas queda demostrado que cualquier acto de profanación será siempre impune". Además, ha criticado que "el doble rasero que se está aplicando en algunas instancias lleva al absurdo de condenar a alguien a pagar 70.000 euros por un poema dudosamente ofensivo mientras que un asalto a la principal iglesia de Madrid sale impune como libertad de expresión".

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