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Derechos laborales El Tribunal Supremo reconoce la relación laboral entre Glovo y un repartidor

Según la sentencia, Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de los mismos.

Un rider de Glovo circula per Barcelona durant el confinament. Blanca Blay | ACN
Un 'rider' de Glovo circula por Barecelona. ACN

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El Tribunal Supremo ha reconocido que la relación entre un repartidor y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral, y ha rechazado elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). 

En un comunicado, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo señala que ha estimado el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) de marzo de este año.

En dicho fallo, el TSJC consideró como falso autónomo a un exrepartidor de Glovo despedido en 2017 tras dos años de servicio, y obligó a su readmisión o a indemnizarlo.

Ahora, el Tribunal Supremo ratifica dicho criterio al entender que concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.

Para el Supremo, Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio.

Además, es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad, los repartidores o riders

Estos trabajadores no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, sino que prestan su servicio "insertados" en la organización de trabajo del empleador. 

"El único que faltaba por decantarse era el Supremo"

Tras conocer la sentencia, desde la asociación RidesXDerechos declaran que "después de tres años luchando, el único que faltaba por decantarse era el Tribunal Supremo". "Estamos muy contentos de que el Alto Tribunal nos haya dado la razón. Todavía no hemos podido ver con calma la sentencia, pero la analizaremos y daremos una respuesta".

Por su parte, Glovo ha sacado un comunicado en el que la empresa asegura que respeta la sentencia, aunque añade que espera la definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y de Europa. 

"Con respecto al comunicado de Glovo solo añadir que ya existe un marco regulatorio y se llama Estatuto de los Trabajadores", añaden desde RidesXDerechos.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, también se ha pronunciado sobre la sentencia. "Reconocer la laboralidad de tantos y tantas trabajadoras, que son en realidad falsos autónomos, es un paso decisivo y una garantía. La sentencia del TS avala el empeño de este Gobierno por reconducir la situación anómala de los riders y garantizar sus derechos laborales", ha publicado en Twitter la ministra.

La compañía, por su parte, que "respeta la sentencia" espera la "definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa", ha agregado en un comunicado tras conocerse la sentencia del Alto Tribunal. Asimismo, ha asegurado que mantiene una "posición abierta" al diálogo con las asociaciones, agentes sociales y el Ministerio de Trabajo. 

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