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El Gobierno de Sánchez busca "consenso" para su polémica 'Ley de Secretos' tras colarla por la vía de urgencia

El Ministerio de la Presidencia quiere que la futura Ley de Información Clasificada salga adelante "desde el respeto de los derechos de todos los ciudadanos", pese a que su anteproyecto está cuajado de amenazas a la libertad de información y otras graves incompatibilidades.

Fachada del Palacio de La Moncloa.
Fachada del Palacio de La Moncloa. Pilar Mata / EFE

Después de lanzar un anteproyecto de Ley de Información Clasificada (para sustituir a la franquista Ley de Secretos Oficiales de 1968) en pleno agosto y por la vía de urgencia, la avalancha de alegaciones presentadas a su delicado contenido obliga a Moncloa a analizar cada una de ellas "con todo detenimiento". En juego están derechos fundamentales como la libertad de expresión, así como el control ciudadano a cualquier vulneración de las libertades públicas que el Ejecutivo, sea de color que sea, quiera ocultar.

No será una tarea fácil, debido sobre todo a la gran cantidad de alegaciones presentadas por la ciudadanía. Desde el Ministerio de la Presidencia que dirige Félix Bolaños confirman a Público que "la participación ha sido muy elevada" y que, notablemente, las alegaciones "son mayoritariamente de personas físicas".

Un ejemplo de esos ciudadanos concienciados que presentaron en tiempo y forma sus alegaciones es el letrado de la Diputación de Alicante Miguel Ángel Blanes, quien de entrada ya se quejó en declaraciones a este medio que el Gobierno pretenda tramitar esta norma por la vía de urgencia: "Parece un chiste que tengamos una ley de Secretos Oficiales de 1968 y ahora el Gobierno quiera tramitar por la vía urgente la nueva norma”.

Esta vía reduce a siete días los trámites de audiencia pública o de información pública —en este caso, éste finalizó el pasado 12 de agosto— y, si bien requiere una justificación de dicha urgencia (que en este caso no justifica esa "urgencia"), la propia Ley 50/1997 del Gobierno dice que la ausencia de ese informe no frena el procedimiento.

Aunque desde Presidencia han preferido no especificar cuántos escritos de alegaciones han recibido, citan asociaciones y organizaciones como Amnistía Internacional, Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), Asociación de la Prensa se Madrid (APM), Asociación de Archiveros Internacionales de la Función Pública (que incluye múltiples adhesiones de diversas asociaciones de archiveros), ONG en defensa de derechos humanos y asociaciones vinculadas a la industria digital, "entre otras muchas".

"Se están estudiando las alegaciones con todo interés y detenimiento, pues el objetivo es sacar adelante un anteproyecto de ley, desde el consenso y el respeto de los derechos de todos los ciudadanos", aseguran fuentes del citado Ministerio, que se remiten a "la memoria que acompañará al anteproyecto en segunda vuelta, junto con todos los informes técnicos solicitados", sin especificar fecha alguna.

De momento, su socio de Gobierno, Unidas Podemos, había advertido al Ejecutivo de que tendrían que negociar este texto que rechaza. El Gobierno se ha comprometido a hacerlo en la segunda vuelta del anteproyecto.

Los principales puntos negros del texto propuesto

1) La tramitación por la vía de urgencia sin justificar y en pleno agosto.

2) No se tramita como Ley Orgánica, a pesar de que afecta al derecho fundamental a la libertad de información (de hecho, lo restringe notablemente) recogido en el artículo 20 de la Constitución.

3) No prohíbe expresamente la posibilidad de clasificar información referente a las violaciones de los derechos humanos, lo que contradice los acuerdos internacionales firmados por España.

4) Existe indefinición en ciertos términos, como información, documentos, registros, datos, procesos de clasificación, que generan una preocupante ambigüedad. Concretamente, la norma si se aprueba tal cual habilitaría al Gobierno a clasificar como "alto secreto" no sólo la seguridad, la integridad o la soberanía nacional, sino algo tan abstracto como la "seguridad pública" o, literalmente, "cualquier otro ámbito cuya salvaguarda requiera de la más alta protección".

5) Aumenta enormemente el número y la condición de las autoridades de clasificación, reclasificación y desclasificación. Si bien el sello de 'alto secreto' y 'secreto' corresponderá exclusivamente al Consejo de Ministros, la capacidad para calificar de 'confidencial' y 'restringido' determinada información desciende hasta las autoridades autonómicas competentes en materia de policía. De hecho, en el caso de estas dos categorías, existe la posibilidad de delegar la capacidad de clasificación; esto puede generar un elevado nivel de opacidad contrario al derecho de acceso a la información pública.

6) No establece un procedimiento claro de gestión de solicitudes de desclasificación de información, e incluso restringe al mínimo la posibilidad de acceso a información clasificada, que limita a ciertas peticiones judiciales y exclusivamente a personas físicas o jurídicas que acrediten afectación directa. Tampoco prevé un organismo independiente de control, ni siquiera parlamentario.

7) Las sanciones administrativas previstas son una manera de desincentivar la investigación en todos sus ámbitos, y concretamente pueden ser una manera de amenazar la libertad de prensa. Las multas por contravenir la norma variarían entre los 50.000 y los tres millones de euros, según la calificación de la información (de mayor a menor rango: "alto secreto", "secreto", "confidencial" y "restringido").

8) No habrá en ningún caso una desclasificación automática de la información 'secreta' actual. Es decir, sólo se atenderían peticiones judiciales y aquéllas presentadas por "las personas directamente afectadas", siempre que especifiquen y acoten sus peticiones.

9) Los plazos de desclasificación automática son excesivos, de hasta 65 años (50 años prorrogables otros 15) para los 'altos secretos', La OSCE recomienda un plazo de caducidad para los secretos oficiales de 15 años. Cada país tiene sus particularidades.

10) Para la clasificación menos restrictiva, el material 'restringido' se desclasificará automáticamente transcurrido el plazo específico que señale la autoridad de clasificación, que será de entre cuatro y seis años no prorrogables; toda una barra libre para ocultar determinadas actividades ilícitas hasta su prescripción no sólo en el seno del Gobierno central, sino también en las CCAA y en las corporaciones municipales.

Consulte íntegro el texto del anteproyecto:

Además, la propuesta, de ser aprobada tal cual está planteada, pone en peligro la efectividad de otras normas obligadas por directivas de la Unión Europea, como la futura Ley de protección a informantes, en tramitación aún y que llega tarde. Funcionarios y empleados públicos podrían ser multados simplemente por denunciar corrupción si el rastro documental de aquello que señale o denuncien queda oculta bajo algún tipo de clasificación.

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