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Caso ERE La Audiencia de Sevilla condena a Chaves a 9 años de inhabilitación y a Griñán a 6 de cárcel por el caso de los ERE

El tribunal, en una demoledora sentencia, asume las tesis de la Fiscalía y de la magistrada instructora Mercedes Alaya, y considera criminal el sistema de reparto de las ayudas para empresas en crisis

Los expresidentes Manuel Cháves y José Antonio Griñán, conversando durante el juicio de la pieza política de los ERE en la Audiencia de Sevilla. EFE/ Jose Manuel Vidal

raúl bocanegra

La Audiencia de Sevilla, en una demoledora sentencia, ha condenado a los expresidentes de Andalucía Manuel Chaves a 9 años de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación y a José Antonio Griñán a seis años y dos días de prisión y a quince años y dos días de inhabilitación absoluta de por malversación de caudales públicos y prevaricación. El tribunal asume las tesis de la Fiscalía y de la magistrada instructora Mercedes Alaya. Se trata de un fallo muy  duro de asumir para el PSOE de Andalucía, que va a pesar como una losa en el legado de los expresidentes y que cierra toda una época.

Lo que, por resumirlo en una sola frase, se discutía en este juicio es si el tribunal consideraría criminal el sistema opaco –ninguna ayuda se publicó en el BOJA– que habilitó la Junta de Andalucía para el reparto de los fondos destinados –680 millones en diez años– a paliar los efectos de las crisis empresariales que implicaban despidos en una Comunidad azotada por unas altas dosis de paro estructural. Y quiénes fueron los responsables de la implantación de ese sistema. El tribunal ha sentenciado que fue toda la cúpula de la Junta de Andalucía. Ni Chaves ni Griñán se han sentido jamás unos delincuentes ni han sido acusados de llevarse nada para ellos.

Así resume el magistrado ponente, Juan Antonio Calle, lo sucedido: "La necesidad política de dar una respuesta rápida a los grandes conflictos sociolaborales, llevó a los responsables de la Junta Andalucía a establecer un sistema ágil [para dar ayudas], si bien tal agilidad se consiguió eliminando los mecanismos de control legalmente establecidos".

La condena a Chaves

El cambio en el sistema de concesión de ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por reestructuración empresarial ocurrió durante el gobierno de Chaves primero, y la sentencia resuelve que "exigió de la decisión del superior jerárquico", el presidente. Este, segun la Audiencia, era "plenamente consciente de la patente ilegalidad de los actos en los que participó", tanto en el cambio de clasificación económica de la partida para ayudas sociolaborales como en la aprobación de los anteproyectos de presupuestos, y envío del proyecto al Parlamento entre 2002 y 2009.

Este cambio en la clasificación económica del gasto público supuso omitir la fiscalización previa de las ayudas que se pensaban seguir dando, según la sentencia. Y se plasmó por primera vez en la aprobación por el Consejo de Gobierno, de la modificación presupuestaria de 18 de abril del año 2000, que supuso "la sustitución, indebida e ilícita" de las partidas presupuestarias por transferencia de financiación al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) en materia de relaciones laborales.

"El pago de las ayudas -agrega el magistrado- podía haberse realizado, igualmente, sin necesidad de hacer las modificaciones presupuestarias. Pero en este caso, sí se hubiese tenido que tramitar los expedientes de concesión de subvenciones, con los requisitos legalmente establecidos para su otorgamiento, así como la fiscalización previa por parte de la Intervención".

Por ello, porque como "presidente del Gobierno aprobó las modificaciones presupuestarias que afectaron al programa" destinado al pago de ayudas sociolaborales, Chaves es condenado por un delito de prevaricación.

La condena a Griñán

Sobre Griñán, la Audiencia considera también, al igual que con Chaves, que "era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó" en su etapa de consejero de Hacienda. "Conocía que la inclusión en los anteproyectos de presupuestos del uso  de la transferencia de financiación al IFA era con la finalidad de conceder subvenciones por Empleo" y aprobó lo que el tribunal considera "gastos ficticios" para "equilibrar las cuentas" del IFA, el ente que pagaba las ayudas. 

El tribunal considera que, "siendo Griñán consejero de Economía y Hacienda, se siguió haciendo este uso inadecuado de las transferencias de financiación en las distintas modificaciones presupuestarias que se produjeron". 

Además, añade que era el destinatario de los informes de control financiero permanente del IFA, "por lo que tuvo conocimiento de las deficiencias detectadas". Entre ellas, el tribunal cita un informe de la Intervención en el que a modo de conclusión se dice: "la citada Dirección General [la de Empleo] ha tramitado subvenciones excepcionales prescindiendo de forma total y absoluta del procedimiento administrativo establecido.

El origen del caso

El caso de los ERE ha marcado la política andaluza de la última década desde que estalló en en el año 2011, cuando el exdirector general de Empleo, Javier Guerrero, declaró a la Policía, que investigaba anomalías en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en Mercasevilla haber manejado un fondo de reptiles para pagar las crisis empresariales. 

Aunque Guerrero luego se retractó, los descubrimientos a los que condujeron las consiguientes pesquisas policiales y judiciales, impulsadas al principio por la magistrada Mercedes Alaya, llevaron al procesamiento de los dos expresidentes y de los responsables y altos cargos de las consejerías de Empleo y Hacienda durante la primera década del siglo. Guerrero también ha sido condenado.

Los demás acusados fueron todos ellos condenados, a excepción de Francisco del  Río, el jefe del  gabinete jurídico de la Junta de Andalucía, y Manuel Gómez, el Interventor general.

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