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Dinamarca y España, la cara y la cruz de la independencia judicial

Un estudio sitúa a España en los últimos puestos en percepción de la independencia de los jueces, que es mayor en países del norte de Europa respecto a los del sur y el este.

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes preside un pleno extraordinario en el CGPJ, en Madrid (España), a 28 de octubre de 2020
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, preside un pleno extraordinario en el CGPJ, el 28 de octubre de 2020. CGPJ

La percepción de los ciudadanos españoles sobre la independencia de los jueces es de las más negativas de la Unión Europea, ocupando el puesto noveno entre los estados miembros en los que peor se percibe la independencia judicial. Un 34% de los encuestados creen que la independencia judicial en España es "bastante mala" (frente al 23% de media UE) y un 15% cree que es "muy mala" (frente al 11% de media de la Unión). Son datos extraídos de encuestas de la propia UE (EU Justice Scoreboard 2020 y Flash Eurobarometer 483) aportados en el estudio La independencia del Consejo General del Poder Judicial. Perspectiva comparada y propuesta de mejora, de la investigadora del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) Gisela Hernández, presentado este martes por la Fundación Alternativas.

Los propios jueces también opinan y sus respuestas también se sitúan entre las que presentan una percepción más negativa de toda la UE en lo que respecta a la independencia interna. Un 25,3% de los jueces españoles cree que su independencia no ha sido respetada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), siendo el tercer peor dato de todos los países de la encuesta. España lidera las percepciones más negativas en dos indicadores: un 62,3% de los jueces españoles considera que el CGPJ no cuenta con los mecanismos y procedimientos adecuados para defender eficazmente la independencia judicial; y un 11,4% cree que su independencia no ha sido respetada por el Tribunal Supremo (cuyos magistrados son nombrados por el CGPJ y cuyo presidente coincide con el de esta institución). 

En la misma línea que los jueces y juezas españoles, los de Croacia, Italia, Bulgaria, Rumanía, Portugal, Letonia y Hungría perciben "serios problemas de independencia" en lo que respecta a la interferencia de los partidos políticos, el Gobierno y el Parlamento. "Se detectan en este sentido diferencias entre el sur y el este de Europa respecto a los países del norte, donde hay mejor percepción de la independencia de su Justicia", ha dicho la autora del informe.

En la otra cara de la moneda, los países del norte de Europa. Dinamarca es el estado miembro en el que los jueces mejor valoran su independencia, tanto externa como interna. Destacan también las buenas percepciones en lo que respecta a la independencia externa entre los jueces de los Países Bajos e Irlanda. Coincide esa opinión con la de la ciudadanía: Dinamarca y Países Bajos son los Estados con consejo judicial (el equivalente al CGPJ español) en los que los ciudadanos tienen una percepción más positiva de la independencia de la justicia. En los Países Bajos, el Parlamento no interviene en el nombramiento de los jueces del consejo judicial, sino que es el Ejecutivo. En este país la decisión sobre los procedimientos disciplinarios de los jueces no está en manos del consejo judicial, sino del Gobierno. El Dinamarca, los vocales jueces son elegidos por los jueces, pero con la validación del Ministerio de Justicia, y los vocales juristas son propuestos por entidades ciudadanas, como universidades.

Los ciudadanos españoles que consideran que existen problemas de independencia judicial en nuestro país señalan la interferencia del Gobierno y del poder político como la principal causa (74%); seguida de las presiones de los poderes económicos o de otro tipo (65%); y, en menor medida, el hecho de que el status de los jueces no garantiza lo suficiente su independencia (53%). 

Ministerio de Justicia gobierna a los jueces

El estudio presentado por la Fundación Alternativas destaca que tres de los cinco países en los que los ciudadanos evalúan de manera más positiva la independencia judicial--Austria, Finlandia y Alemania-- no cuentan con un consejo judicial que gobierne a los jueces, sino que este poder es dirigido por el Ministerio de Justicia, "algo impensable en España, que sea el Gobierno quien gestione el CGPJ", ha indicado el histórico político Nicolás Sartorius, en el debate ofrecido por la Fundación Alternativas este martes. 

Existen dos modelos de consejo judicial en la Unión Europea: el modelo que representa una autoridad independiente del ejecutivo, encargada de la tarea de gobernar a los jueces y nombrarlos, como ocurre en Francia, Portugal, España, Bulgaria y Rumanía. Y el modelo del servicio de tribunales, en el que los poderes del consejo judicial están mucho más limitados y no incluyen los nombramientos. Por ejemplo, en el caso de Dinamarca, los jueces son nombrados por la Reina a propuesta del ministro de Justicia; en Irlanda, los nombra el Presidente a propuesta del Gobierno; y en Bélgica el consejo judicial representa a los magistrados, pero estos son nombrados por el Ministro de Justicia.

El euromodelo para un gobierno de los jueces ideal

El Consejo de Europa recomienda que al menos la mitad de los miembros de los consejos judiciales deben ser jueces elegidos por los propios jueces y que el resto de miembros (no jueces) deberían ser elegidos por el parlamento por un mayoría de al menos 2/3, a fin de dotar al consejo judicial de legitimidad democrática y de mejorar la rendición de cuentas. Solo Bélgica, Bulgaria, Croacia, Francia, Eslovaquia,Eslovenia, Italia, Letonia y Portugal cumplen con ambos requisitos. La autora del informe se posiciona a favor de que este modelo se implantase en España.

En España este modelo se abandonó en 1985. La ley orgánica de 1980 establecía que los doce vocales de procedencia judicial serán
elegidos entre jueces y magistrados y los ocho vocales juristas de reconocida capacidad serán elegidos en el Parlamento. Sin embargo, en 1985 se cambia
fundamentalmente este sistema de nombramientos y los veinte miembros del CGPJ pasan a ser elegidos por el Parlamento, a partes iguales entre el Congreso y el Senado por mayoría de 3/5.

Evolución del modelo español

El estudio indica que la reforma del 1985 fue aprobada gracias a la mayoría absoluta con la que contaba el PSOE en ese momento (202 escaños) y estuvo motivada por la existencia en ese momento de una única asociación judicial en España, la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), de carácter conservador, por lo que los jueces vocales del CGPJ elegidos por los jueces estaban marcados por un sesgo conservador, que sigue marcando la judicatura española, sostiene Gisela Hernández.

Después ha habido otras reformas que han "complicado" la renovación del CGPJ. El 13 de junio de 2001 se introdujo una nueva reforma en el sistema de nombramientos a propuesta del Partido Popular, que contaba en el Parlamento con una mayoría de 183 escaños. La reforma recibió un apoyo mayoritario en el Congreso, incluyendo al principal partido de la oposición, el PSOE. Este acercamiento entre ambos partidos se produjo mediante el Pacto de Estado sobre la Justicia, firmado pocos días antes. La reforma estableció
que los doce miembros del CGPJ que se correspondían con jueces y magistrados debían ser seleccionados entre una lista de un máximo de 36 candidatos. Los candidatos serían propuestos o bien por las asociaciones, o bien deberían contar con el aval al menos el 2% de jueces y magistrados del total en activo.

El estudio sobre el CGPJ establece que esa reforma de 2001 "contribuyó a politizar aún más el sistema de nombramientos, al implicar de manera más profunda a las asociaciones, las más importantes fuertemente politizadas, en el proceso y dificultar las posibilidades de selección a los candidatos no asociados".

La última reforma

La última reforma del sistema de elección se llevó a cabo en 2013. De nuevo, gobernaba el Partido Popular, con 186 escaños. En esa ocasión, todos los grupos se posicionaron en contra de la nueva reforma. A pesar de que se cambió el método establecido en 2001, en la práctica las asociaciones judiciales continúan teniendo preeminencia sobre el proceso. Para ser candidatos, los jueces y magistrados deben aportar el aval de una asociación o de 25 miembros de la carrera judicial. "Las dos asociaciones vinculadas al PP y al PSOE continúan teniendo un quasi-monopolio frente al resto: de los doce jueces y magistrados que componen el CGPJ que emerge de la renovación de 2013, la Asociación Profesional de la Magistratura cuenta con cuatro miembros y Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) con tres, siendo el resto jueces no asociados", indica el informe. 

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